GOBIERNO Y DEMOCRACIA
Concepto de Gobierno: "Sistema orgánico de autoridades a través del cual se expresa el poder del
Estado, creando, afirmando y desenvolviendo el orden jurídico."
Jimenez de Arechaga
Es un sistema orgánico de autoridades porque estas autoridades deben estar coordinadas entre si para actuar en forma coherente.
Cuando hablamos del poder del Estado estamos hablando del Poder etatico ya que el gobierno es parte de ese poder.
El crear el orden jurídico significa que esta creando normas, y las crea por ejemplo a través del Poder Legislativo, quien afirma o confirma el orden jurídico es el Poder Ejecutivo y por ultimo el que aplica esas normas o sea quien desenvuelve el orden jurídico es el Poder Judicial, por lo tanto dentro del gobierno encontramos a los tres poderes: Legislativo, Ejecutivo y Judicial.
FORMA DE GOBIERNO: el gobierno puede adoptar diferentes formas de acuerdo a nuestra
Constitución nuestra forma de gobierno es la democrática, en su articulo 82
establece: "la Nación adopta para su Gobierno la forma democrática
republicana"
DEMOCRACIA: (ver video de zamba pregunta que es la democracia)
La palabra griega original era demokratia, que se deriva demos que quiere decir
pueblo y kratia que significa gobierno o autoridad, por lo tanto democracia
significa gobierno del pueblo.
La democracia no es solo una forma de gobierno sino también es un estilo de vida que se manifiesta en diferentes dimensiones: política, social, cultural y económica.
Principios de la democracia:
Soberanía popular:
es el poder que se le reconoce al pueblo, el pueblo es el soberano
Estado, creando, afirmando y desenvolviendo el orden jurídico."
Jimenez de Arechaga
Es un sistema orgánico de autoridades porque estas autoridades deben estar coordinadas entre si para actuar en forma coherente.
Cuando hablamos del poder del Estado estamos hablando del Poder etatico ya que el gobierno es parte de ese poder.
El crear el orden jurídico significa que esta creando normas, y las crea por ejemplo a través del Poder Legislativo, quien afirma o confirma el orden jurídico es el Poder Ejecutivo y por ultimo el que aplica esas normas o sea quien desenvuelve el orden jurídico es el Poder Judicial, por lo tanto dentro del gobierno encontramos a los tres poderes: Legislativo, Ejecutivo y Judicial.
FORMA DE GOBIERNO: el gobierno puede adoptar diferentes formas de acuerdo a nuestra
Constitución nuestra forma de gobierno es la democrática, en su articulo 82
establece: "la Nación adopta para su Gobierno la forma democrática
republicana"
DEMOCRACIA: (ver video de zamba pregunta que es la democracia)
La palabra griega original era demokratia, que se deriva demos que quiere decir
pueblo y kratia que significa gobierno o autoridad, por lo tanto democracia
significa gobierno del pueblo.
La democracia no es solo una forma de gobierno sino también es un estilo de vida que se manifiesta en diferentes dimensiones: política, social, cultural y económica.
Principios de la democracia:
Soberanía popular:
es el poder que se le reconoce al pueblo, el pueblo es el soberano
Según el grado de participación de los ciudadanos en la democracia encontramos tres diferentes formas:
Democracia directa: los ciudadanos participan directamente en los actos de gobierno. Este tipo de
democracia se dio en Grecia
Democracia directa: los ciudadanos participan directamente en los actos de gobierno. Este tipo de
democracia se dio en Grecia
Democracia representativa: los ciudadanos eligen a sus representantes y son ellos quienes realizan los
actos de gobierno
actos de gobierno
Democracia semi representativa o mixta: se combinan los dos tipos anteriores, por un lado tenemos a
los representantes que los elige el pueblo y por otro lado el
pueblo realiza actos de gobierno directamente, estos actos
son: elecciones, referéndum, plebiscito e iniciativa popular.
Este tipo de democracia es la que encontramos en Uruguay.
los representantes que los elige el pueblo y por otro lado el
pueblo realiza actos de gobierno directamente, estos actos
son: elecciones, referéndum, plebiscito e iniciativa popular.
Este tipo de democracia es la que encontramos en Uruguay.
Principio de separación de poderes:
Este principio explicitado por Montesquieu (1689-1755) en su obra "el espíritu de las leyes", habla de que el poder no puede estar concentrado en una persona o en un órgano sino que se tiene que repartir para que cada poder pueda ser el freno del otro poder, controlándose entre ellos. Cada poder cumple con una función.
Este principio explicitado por Montesquieu (1689-1755) en su obra "el espíritu de las leyes", habla de que el poder no puede estar concentrado en una persona o en un órgano sino que se tiene que repartir para que cada poder pueda ser el freno del otro poder, controlándose entre ellos. Cada poder cumple con una función.
Elecciones libres y periódicas: hay una renovación periódica de nuestros gobernantes, en nuestro
país son cada cinco a;os.
país son cada cinco a;os.
Pluralismo: se reconocen y se respetan todas las ideologías, tanto políticas, religiosas, deportivas, etc
Multipartidismo: consiste en el reconocimiento amplio de todas las ideologías políticas.
Respeto por los derechos humanos: los derechos humanos son facultades que se reconocen a las personas, son acuerdos que deben encontrarse en la normativa de un país, en el caso del nuestro se encuentran en la Constitución.
*Información extraída del libro de Educación social y civica, autoras: Botero, Escoto, Goncalvez